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COMUNICADO N° 20 / 2019

COMUNICADO N° 20 / 2019

El Instituto Nacional de Cooperativismo (INCOOP), comunica a las Cooperativas, la tasa de interés pasiva efectiva ponderadas del Sector Cooperativo, para el mes de Septiembre 2019.

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COMUNICADO N° 19 / 2019

COMUNICADO N° 19 / 2019

El Instituto Nacional de Cooperativismo (INCOOP), comunica a las Cooperativas, la tasa de interés pasiva efectiva ponderadas del Sector Cooperativo, para el mes de Agosto 2019.

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COMUNICADO N° 18 / 2019

COMUNICADO N° 18 / 2019

El Instituto Nacional de Cooperativismo (INCOOP), comunica a las Cooperativas del Sector de Produción, el Promedio Ponderado de Morosidad, al cierre del ejercicio económico financiero del 31/12/2018. Este indicador, debe considerarse a los efectos de cumplir con las exigencias de la Resolución INCOOP N° 15.017/2016 «POR LA CUAL SE APRUEBA EL MARCO REGULATORIO PARA COOPERATIVAS DEL SECTOR DE PRODUCCIÓN».

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COMUNICADO N° 17 / 2019

COMUNICADO N° 17 / 2019

El INCOOP comunica que el día 22 de julio del presente año, la Oficina Regional de Encarnación permanecerá cerrada para la atención al público; el motivo obedece al cambio de domicilio de la Oficina Regional.

A continuación se detallan los datos de la nueva Sede, que abrirá sus puertas al público a partir del día 23 de julio de 2019.

Dirección: Calle Juan León Mallorquín N° 1414 esq. Tomás Romero Pereira y Villarica.

Horario de Atención: de 07:00 hs. a 15:00 hs.

Días: de Lunes a Viernes

Ante cualquier consulta, favor comunicarse con la funcionaria del INCOOP, la Lic. Limpia Silguero, al teléfono: (0985) 109-021.

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COMUNICADO N° 15 / 2019

COMUNICADO N° 15 / 2019

El INCOOP en el marco de la RESOLUCIÓN SEPRELAD Nº370/2011 solicita a todas las cooperativas la remisión, en formato legible, las siguientes informaciones y datos del Oficial de Cumplimiento.
comunicado 15-2009

 

Descargar: Comunicado 15/2019 (pdf)

COMUNICADO INCOOP N° 12/2019

COMUNICADO INCOOP N° 12/2019

El Instituto Nacional de Cooperativismo (INCOOP),  recuerda a todas las Cooperativas que para dar cumplimiento a las disposiciones del Art. 48° de Decreto 14.052/96. previamente a la registración y transcripción de los libros contables y sociales, los mismos deberán estar debidamente rubricados por esta Institución.

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Basado en la Guía estándar para sitios web del Gobierno

Dirección de Tecnología de la Información y Comunicación - INCOOP
Gobierno del Paraguay

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