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COMUNICADO Nº22/2026

COMUNICADO Nº22/2026

El Instituto Nacional de Cooperativismo recuerda a las entidades cooperativas,que en cumplimiento al ANEXO «B» de la RESOLUCIÓN Nº 23.524/2021 «POR LA CUAL SE REGLAMENTA EL PROCEDIMIENTO ABREVIADO PORALLANAMIENTO, PREVISTO EN EL ARTÍCULO 1° DE LA RESOLUCIÓN     INCOOP Nº 23.523/2021. .. «, el Acta de Instrucción de ALLANAMIENTO debe estar firmada indefectiblemente por los representantes de la Cooperativa (Presidente y Secretario del Consejo de Administración), o por el apoderado de la entidad, en este caso debe estar acompañado de la copia del poder habilitante conforme a la legislación vigente.

COMUNICADO-N°-22-2026

COMUNICADO Nº21/2026

COMUNICADO Nº21/2026

El Instituto Nacional de Cooperativismo comunica a las Cooperativas del Sector de Producción, el Promedio Ponderado de Morosidad, al cierre del ejercicio económico financiero del 31/12/2025. Este indicador, debe considerarse a los efectos de cumplir con las exigencias del Marco Regulatorio.

COMUNICADO-N°-21-2026

Comunicado N° 20/2026

Comunicado N° 20/2026

A raíz de la fiscalización realizada en el año 2025 a la Cooperativa Luque Ltda., uno de los principales hallazgos constituyó la mora en la que incurrieron Miembros del Consejo de Administración y un integrante del Tribunal Electoral de la misma.

En tal sentido, esta Autoridad de Aplicación en el ejercicio de sus atribuciones dispuso la instrucción de un sumario administrativo a los mismos. Este procedimiento, es a los efectos de que los sumariados ejerzan su legítimo derecho a la defensa presentando pruebas y alegando sobre las mismas.

Como conclusión de dicho proceso sumarial, se ha comprobado fehacientemente que los mismos han incurrido en mora estando en pleno ejercicio de sus funciones como dirigentes, estando taxativamente prohibido por el Marco Regulatorio de Cooperativas.

En ese contexto, la medida administrativa aplicada por el INCOOP por el incumplimiento de las disposiciones contenidas en la Ley 438/94, así como en el Marco General de Regulación de Cooperativas del Sector de Ahorro y Crédito, el daño patrimonial ocasionado y la gravedad de la falta cometida, la sanción impuesta es de 4 años de inhabilitación para el ejercicio de cargos directivos en cooperativas del país. Esta medida administrativa es de cumplimiento inmediato, debiendo los sancionados apartarse de sus cargos.

Consecuentemente, el Consejo de Administración se encuentra acéfalo, razón por la cual el INCOOP autorizó e intimó a la Junta de Vigilancia para realizar la convocatoria a asamblea extraordinaria, a fin de llenar las vacancias dejadas por los directivos sancionados, dentro de los parámetros establecidos en el estatuto social de la entidad

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Comunicado N° 19/2026

Comunicado N° 19/2026

Atendiendo las disposiciones de la Ley Nº 2.339/03 QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 44 DE LA LEY Nº 489/95 «ORGÁNICA DEL BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY», los distintos marcos regulatorios vigentes para cada sector de cooperativas y el Comunicado de la Superintendencia de Bancos del Banco Central del Paraguay, Límites para Tasas Usurarias, el Instituto Nacional de Cooperativismo en uso de sus atribuciones legales, conferidas en la Ley Nº 2157/03, comunica a las cooperativas, centrales de cooperativas, federaciones de cooperativas y confederaciones de cooperativas, los límites máximos a partir de los cuales la tasa de interés activa es considerada usuraria, válidos para las operaciones a realizarse en el mes de Mayo 2026

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Comunicado N° 18/2026

Comunicado N° 18/2026

Atendiendo las disposiciones de la Ley Nº 5476/2015 «QUE ESTABLECE NORMAS DE TRANSPARENCIA Y DEFENSA AL USUARIO EN LA UTILIZACIÓN DE TARJETAS DE CRÉDITO Y DÉBITO» y la Resolución INCOOP Nº 14.451/2016 «POR LA QUE SE REGLAMENTA LA LEY 5476/15 … » y el COMUNICADO: Límites de Tasas para Tarjeta de Crédito (Ley Nº 5476/2015), dictado por el Banco Central del Paraguay, el Instituto Nacional de Cooperativismo en uso de sus atribuciones legales, conferidas en la Ley 2157 /03, comunica a las cooperativas, centrales de cooperativas, federaciones de cooperativas y confederaciones de cooperativas, los límites máximos aplicables por el uso de la Tarjeta de Crédito, válidos para operaciones a realizarse en el mes de Mayo 2026

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Comunicado N° 17/2026

Comunicado N° 17/2026

El Instituto Nacional de Cooperativismo (INCOOP), comunica a las entidades cooperativas y al público en general, que la Oficina Regional de la Ciudad de Villarrica, ubicada en la Casa Matriz de la Cooperativa COOPEDUC Ltda., estará cerrada desde el día 10 de abril de 2026 hasta el día 17 de abril de 2026, retomando las actividades laborales y de atención al público el día 20 de abril de 2026…

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Comunicado N° 15/2026

Comunicado N° 15/2026

Atendiendo las disposiciones de la Ley Nº 5476/2015 «QUE ESTABLECE NORMAS DE TRANSPARENCIA Y DEFENSA AL USUARIO EN LA UTILIZACIÓN DE TARJETAS DE CRÉDITO Y DÉBITO» y la Resolución INCOOP Nº 14.451/2016 «POR LA QUE SE REGLAMENTA LA LEY 5476/15 … » y el COMUNICADO: Límites de Tasas para Tarjeta de Crédito (Ley Nº 5476/2015), dictado por el Banco Central del Paraguay, el Instituto Nacional de Cooperativismo en uso de sus atribuciones legales, conferidas en la Ley 2157 /03, comunica a las cooperativas, centrales de cooperativas, federaciones de cooperativas y confederaciones de cooperativas, los límites máximos aplicables por el uso de la Tarjeta de Crédito, válidos para operaciones a realizarse en el mes de Abril 2026

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Comunicado N° 14/2026

Comunicado N° 14/2026

Atendiendo las disposiciones de la Ley Nº 2.339/03 QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 44 DE LA LEY Nº 489/95 «ORGÁNICA DEL BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY», los distintos marcos regulatorios vigentes para cada sector de cooperativas y el Comunicado de la Superintendencia de Bancos del Banco Central del Paraguay, Límites para Tasas Usurarias, el Instituto Nacional de Cooperativismo en uso de sus atribuciones legales, conferidas en la Ley Nº 2157/03, comunica a las cooperativas, centrales de cooperativas, federaciones de cooperativas y confederaciones de cooperativas, los límites máximos a partir de los cuales la tasa de interés activa es considerada usuraria, válidos para las operaciones a realizarse en el mes de Abril 2026

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COMUNICADO N° 13/2026

COMUNICADO N° 13/2026

El Instituto Nacional de Cooperativismo comunica que, en concordancia a la Resolución 8.212/2026 de la Gobernación Municipal de la Ciudad de Encarnación, Departamento de Itapúa, «POR LA CUAL SE DECLARA ASUETO EN EL DISTRITO DE ENCARNACIÓN, EL DÍA MIÉRCOLES 25 DE MARZO DEL 2026, POR CONMEMORARSE EL 411 ANIVERSARIO DE FUNDACIÓN DE LA CIUDAD», no se realizará atención al público en general ni actividad laboral, en la Oficina Reginal de dicha Ciudad, reanundando las mismas el día jueves d26 de marzo de 2026…

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Comunicado N° 12/2026

Comunicado N° 12/2026

El Instituto Nacional de Cooperativismo, en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley N° 2157/03, informa que los siguientes servicios se encuentran operativos:

 

 

 

*Observación: Para acceder al sistema de Alerta Temprana, es requisito hacerlo a través de una conexión segura (VPN), la cual debe ser configurada de manera conjunta entre la Cooperativa y el INCOOP, para el efecto se debe completar el siguiente formulario web, a modo de coordinar los trabajos entre ambas partes:

 

https://forms.gle/uTcbsc3oA7EAQNRi7

 

Las Cooperativas que actualmente cuenten con el servicio de VPN, igualmente deben llenar el formulario, considerando que se debe ajustar la configuración para poder acceder al servicio de Alerta Temprana…

COMUNICADO INCOOP Nº 12-2026

Basado en la Guía estándar para sitios web del Gobierno

Dirección de Tecnología de la Información y Comunicación - INCOOP
Gobierno del Paraguay

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