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Comunicado N° 20/2026

A raíz de la fiscalización realizada en el año 2025 a la Cooperativa Luque Ltda., uno de los principales hallazgos constituyó la mora en la que incurrieron Miembros del Consejo de Administración y un integrante del Tribunal Electoral de la misma.

En tal sentido, esta Autoridad de Aplicación en el ejercicio de sus atribuciones dispuso la instrucción de un sumario administrativo a los mismos. Este procedimiento, es a los efectos de que los sumariados ejerzan su legítimo derecho a la defensa presentando pruebas y alegando sobre las mismas.

Como conclusión de dicho proceso sumarial, se ha comprobado fehacientemente que los mismos han incurrido en mora estando en pleno ejercicio de sus funciones como dirigentes, estando taxativamente prohibido por el Marco Regulatorio de Cooperativas.

En ese contexto, la medida administrativa aplicada por el INCOOP por el incumplimiento de las disposiciones contenidas en la Ley 438/94, así como en el Marco General de Regulación de Cooperativas del Sector de Ahorro y Crédito, el daño patrimonial ocasionado y la gravedad de la falta cometida, la sanción impuesta es de 4 años de inhabilitación para el ejercicio de cargos directivos en cooperativas del país. Esta medida administrativa es de cumplimiento inmediato, debiendo los sancionados apartarse de sus cargos.

Consecuentemente, el Consejo de Administración se encuentra acéfalo, razón por la cual el INCOOP autorizó e intimó a la Junta de Vigilancia para realizar la convocatoria a asamblea extraordinaria, a fin de llenar las vacancias dejadas por los directivos sancionados, dentro de los parámetros establecidos en el estatuto social de la entidad

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Gobierno del Paraguay

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