El Instituto Nacional de Cooperativismo en uso de sus atribuciones legales, conferidas en la Ley N° 2157/03, comunica a las cooperativas, centrales cooperativas, federaciones de cooperativas y confederaciones de cooperativas, que se encuentra disponible el INFORME FINANCIERO – CONTABLE – COOPERATIVAS DE AHORRO Y CRÉDITO TIPO A DICIEMBRE 2023.
Atendiendo la disposición del inciso e) del Art. 42 de la Ley Nº 438/94 «QUE REGULA LA CONSTITUCIÓN, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS COOPERATIVAS Y DEL SECTOR COOPERATIVO», el Instituto Nacional de Cooperativismo comunica a las entidades cooperativas, el promedio ponderado de las tasas de interés pasiva para depósitos a plazos al mes de diciembre de 2023…
Atendiendo las disposiciones de la Ley Nº 2.339/03 QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 44 DE LA LEY Nº 489/95 «ORGÁNICA DEL BANCO CENTRAL DEL PARA GUA Y», los distintos marcos regulatorios vigentes para cada sector de cooperativas y el Comunicado de la Superintendencia de Bancos del Banco Central del Paraguay, Límites para Tasas Usurarias, el Instituto Nacional de Cooperativismo en uso de sus atribuciones legales, conferidas en la Ley Nº 2157/03, comunica a las cooperativas, centrales de cooperativas, federaciones de cooperativas y confederaciones de cooperativas, los límites máximos a partir de los cuales la tasa de interés activa es considerada usuraria, válidos para las operaciones a realizarse en el mes de Febrero 2024.
Atendiendo las disposiciones de la Ley Nº 5476/2015 «QUE ESTABLECE NORMAS DE TRANSPARENCIA Y DEFENSA AL USUARIO EN LA UTILIZACIÓN DE TARJETAS DE CRÉDITO Y DÉBITO» y la Resolución INCOOP Nº 14.451/2016 «POR LA QUE SE REGLAMENTA LA LEY 5476/15 … » y el COMUNICADO: Límites de Tasas para Tarjeta de Crédito (Ley Nº 5476/2015), dictado por el Banco Central del Paraguay, el Instituto Nacional de Cooperativismo en uso de sus atribuciones legales, conferidas en la Ley 2157/03, comunica a las cooperativas, centrales de cooperativas, federaciones de cooperativas y confederaciones de cooperativas, los límites máximos aplicables por el uso de la Tarjeta de Crédito, válidos para operaciones a realizarse en el mes de Febrero 2024.
A fin de contar con información oportuna, para el análisis y consolidación respectiva, el Instituto Nacional de Cooperativismo (INCOOP), recuerda a las entidades cooperativas, que en cumplimiento a los distintos marcos regulatorios aplicables a cada sector, debe presentarse los Informes y Reportes, de acuerdo a la periodicidad establecida en la Resolución INCOOP N° 28.166/2023, para cada Tipo y Sector de Cooperativas, con los siguientes vencimientos detallados en el documento a continuación.
Ante la necesidad de organizar adecuadamente las actividades, el Instituto Nacional de Cooperativismo (INCOOP), pone a disposición de las entidades cooperativas y personas interesadas en solicitar audiencia con el Presidente el FORMULARIO DE PEDIDO DE AUDIENCIA – PRESIDENCIA. El mismo debe presentarse a la Dirección de Gabinete o remitir a la dirección de correo gabinete@incoop.gov.py
El Instituto Nacional de Cooperativismo comunica a las entidades cooperativas, que ante la necesidad de realizar readecuaciones a la Oficina Regional de la Ciudad de Villarrica, ubicada en la Casa Matriz de la Cooperativa COOPEDUC Ltda., la misma estará cerrada hasta el día 19 de enero próximo, retomando las actividades laborales y de atención al público el día lunes 22 de enero de 2024…
Atendiendo las disposiciones de la Ley Nº 2.339/03 QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 44 DE LA LEY Nº 489/95 “ORGÁNICA DEL BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY”, los distintos marcos regulatorios vigentes para cada sector de cooperativas y el Comunicado de la Superintendencia de Bancos del Banco Central del Paraguay, Límites para Tasas Usurarias, el Instituto Nacional de Cooperativismo en uso de sus atribuciones legales, conferidas en la Ley Nº 2157 /03, comunica a las cooperativas, centrales de cooperativas, federaciones de cooperativas y confederaciones de cooperativas, los límites máximos a partir de los cuales la tasa de interés activa es considerada usuraria, válidos para las operaciones a realizarse en el mes de Enero/2024.
Atendiendo las disposiciones de la Ley Nº 5.476/2015″ QUE ESTABLECE NORMAS DE TRASPARENCIA Y DEFENSA AL USUARIO EN LA UTILIZACIÓN DE TARJETAS DE CRÉDITO Y DÉBITO” y la Resolución INCOOP Nº 14. 451/2016 “POR LA QUE REGLAMENTA LA LEY 5.476/2015 … ” Y EL COMUNICADO: Límites de Tasas para Tarjeta de Crédito (Ley Nº 5.476/2015), dictado por el Banco Central del Paraguay, el Instituto Nacional de Cooperativismo en uso de sus atribuciones legales, conferidas en la Ley Nº 2.157/03, comunica a las cooperativas, centrales de cooperativas, federaciones de cooperativas y confederaciones de cooperativas, los límites máximos aplicables por el uso de la Tarjeta de Crédito, válidos para operaciones a realizarse en el mes de Enero/2024.
El Presidente del Instituto Nacional de Cooperativismo, comunica que en concordancia al Decreto N° 802/2023 de fecha 6 de diciembre del corriente “Por la cual se declara asueto el día jueves 7 de diciembre de 2023 para los funcionarios de la Administración Pública Central y de los Organismos y Entidades Descentralizados.
Por lo tanto, el día Jueves 07 de diciembre del corriente año, no se realizará atención al público en general ni actividad laboral, reanudando las mismas el día lunes 11 de diciembre del 2023.