COMUNICADO INCOOP N° 11/2019
El Instituto Nacional de Cooperativismo, comunica a las Cooperativas, la tasa de interés pasiva efectiva ponderada del Sector Cooperativo, para el Mes de Mayo 2019.
El Instituto Nacional de Cooperativismo, comunica a las Cooperativas, la tasa de interés pasiva efectiva ponderada del Sector Cooperativo, para el Mes de Mayo 2019.
El Instituto Nacional de Cooperativismo, comunica a las Cooperativas, la tasa de interés pasiva efectiva ponderada del Sector Cooperativo, para el mes de Abril 2019.
El Instituto Nacional de Cooperativismo (INCOOP) comunica a las cooperativas la aprobación del documento TABLA DE OBLIGACIONES CON PLAZO, que contiene el conjunto de obligaciones a plazo, contenidas en el Marco Legal del Sector Cooperativo Paraguayo, actualizado hasta las últimas resoluciones emitidas por el INCOOP y otras Instituciones, a marzo de 2019.
El Cuadro, contiene exclusivamente aquellas obligaciones cuyo cumplimiento está sujeto a plazo definido, buscando de este modo constituirse en una herramienta que facilite a socios, dirigentes, empleados de cooperativas, demás personas vinculadas al sector cooperativo nacional e interesados en general, la visualización integral de todas las exigencias, para su prevención y cumplimiento oportuno.
Este Comunicado y otras informaciones pueden ser encontrados en el sitio web del INCOOP https://www.incoop.gov.py
En cumplimiento al numeral 6.5. CÁLCULO DEL ÍNDICE DE MOROSIDAD, del Marco Regulatorio para Cooperativas del Sector de Ahorro y Crédito, el Instituto Nacional de Cooperativismo comunica a las Cooperativas el Promedio Ponderado de Morosidad, al cierre del ejercicio económico financiero del 31/12/2018. Este indicador, debe considerarse a los efectos de cumplir con las exigencias del Marco Regulatorio, en el ejercicio 2019.
El Instituto Nacional de Cooperativismo, comunica a las Coopertaivas, la tasa de interés pasiva efectiva ponderada del sector Cooperativo, para el mes de Marzo 2019.
El Instituto Nacional de Cooperativismo (INCOOP) aclara a las Confederaciones, federeaciones, Centrales y a las cooperativas en general, que a fin de dar cumplimiento a las exigencias de horas mínimas de capacitación exigidas en las Resoluciones N° 15.637/2016 y N° 16.493/2017
El Instituto Nacional de Cooperativismo (INCOOP) aclara a las cooperativas que se encuentra vigente los términos de la RESOLUCIÓN INCOOP N° 18.988/2018 «POR LA CUAL SE ESTABLECE NORMAS DE APLICACIÓN A LAS COOPERATIVAS, EN MATERIA DE ELECCIÓN DE AUTORIDADES…».
Que, para la correcta verificación de las informaciones, se requiere la presentación de la copia simple de la Cédula de Identidad del interesado, al momento de presentar la Solicitud de expedición del Certificado de Antecedentes.
Este Comunicado y otras informaciones pueden ser encontrados en el sitio web del INCOOP https://www.incoop.gov.py
El Instituto Nacional de Cooperativismo, comunica a las Cooperativas, la tasa de interés pasiva efectiva ponderada del Sector Cooperativo, para el mes de Febrero de 2019.
El Instituto Nacional de Cooperativismo (INCOOP) comunica a las Confederaciones, Federaciones, Centrales y a las Cooperativas en general, con respecto a las resoluciones N°s 15.637/2018 «QUE REGLAMENTA LA OBLIGATORIEDAD DE LA CAPACITACIÓN PARA DIRECTIVOS Y GERENTES, CONFORME A LOS TÉRMINOS DEL MARCO REGULATORIO VIGENTE PARA CADA SECTOR Y TIPO DE COOPERATIVAS» en su Art. 4° y 16.493/2017 «QUE AUTORIZA A LA ACADEMIA DE LIDERAZGO TRANSFORMADOR (ALT), DE LA CONFEDERACIÓN DE COOPERATIVAS RURALES DEL PARAGUAY (CONCOPAR) LTDA., PARA OPERAR, ACREDITAR A FEDERACIONES Y CENTRALES Y CERTIFICAR DOCENTES, A TRAVÉS DE SUS PROGRAMAS DE FORMACIÓN DIRIGENCIAL, EN LA CAPACITACIÓN DE DIRECTIVOS Y GERENTES», en su Art. 5° se establece el alcance de la misma, en el cual quedan exceptuados de dicha reglamentación, los Presidentes de Asamblea y Secretarios, así como también, los socios suscriptores de Actas de Asamblea.
El Instituto Nacional de Cooperativismo (INCOOP) comunica a las Cooperativas del Primer Grado, Centrales y Federaciones que se encuentra vigente la Resolución INCOOP N° 14.577/2016, cuyo numeral 5 inciso i) exige la presentación al INCOOP de los comprobantes de pagos efectuados en concepto de aporte de sostenimiento a la Confederación, o a la Federación a la que esté asociada.
En tal sentido, las Cooperativas deberán presentar al INCOOP con las demás documentaciones de Post-Asamblearios, cuanto sigue:
La presente, es en cumplimiento de las disposiciones que rigen la materia.
Basado en la Guía estándar para sitios web del Gobierno
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