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INCOOP MODIFICA MARCO GENERAL DE REGULACIÓN Y SUPERVISIÓN DE COOPERATIVAS

9 de mayo de 2012

El Instituto Nacional de Cooperativismo emitió la Resolución Nº 8.645/2.012 “POR LA CUAL SE MODIFICA EL MARCO GENERAL DE REGULACIÓN Y SUPERVISIÓN DE COOPERATIVAS –EN SUS NUMERALES 5.6.2.2) y 5.6.3.3)- Y LAS RESOLUCIONES INCOOP N° 5.004/09, 6.463/10, Y 6.841/11”.

A fin de una mejor exposición de las informaciones y, para adecuar a la disposición del inc. b), numeral 5.6.2.1 del Marco General de Regulación y Supervisión de Cooperativas, la presente regulación subdivide la categoría I Riesgo Normal, debiendo las reguladas exponer dentro de esta categoría: a) los saldos de préstamos cuyos pagos se encuentran al día; b) los saldos de préstamos con atrasos desde 1 día y hasta 30 días y c) el saldo de préstamos con atrasos desde 31 días y hasta 60 días. Este mismo criterio se aplica a los deudores por operaciones de ventas.

Con esta Resolución, se exime a las cooperativas que remiten sus informaciones a través de la herramienta “ALERTA TEMPRANA”, la presentación del SIAM, para lo cual las entidades cooperativas deberán remitir como ANEXO las variables que sustentan la herramienta como informaciones complementarias.

Se atribuye por esta Resolución, a la Dirección de Registros, Estadísticas e Informaciones, -administradora de la herramienta “ALERTA TEMPRANA”-, la responsabilidad de establecer los mecanismos necesarios a fin de que las cooperativas que hayan incumplido con el plazo establecido en las regulaciones, abonen previamente la multa, -en la forma y condiciones establecidas en la Resolución INCOOP Nº 7.233/2.011 “…PROCEDIMIENTO ABREVIADO POR ALLANAMIENTO…”, para proceder al Visto Bueno de las informaciones remitidas por las mismas.

Otro aspecto contemplado en esta resolución, es la implementación para el ejercicio 2012 de la versión 1.6 del SIAM.

En cuanto al plazo de vigencia, se establece que las cooperativas deben remitir sus informes adecuados a estos formatos, a partir del mes de junio de 2.012.

Puede acceder a la Resolución aqui: Resolución INCOOP Nro. 8645-12

Puede acceder a la herramienta aqui: SIAM 1.6

Asunción, 9 de mayo de 2012

Esta noticia fue publicada en Noticias
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