Qué es una Cooperativa?
Es una asociación de personas, que se han unido voluntariamente para hacer frente a sus necesidades y aspiraciones económicas, sociales y culturales comunes, por medio de una empresa de propiedad conjunta democráticamente controlada y sin fines de lucro.
«No es una entidad de beneficiencia»
Principios
Membrecía abierta y voluntaria.
Control democrático de los miembros.
Participación económica de los miembros.
Autonomía e Independencia.
Educación, entrenamiento e información.
Cooperación entre Cooperativas.
Compromiso con la comunidad y la sostenibilidad ambiental
PASOS A SEGUIR PARA CONSTITUIR UNA COOPERATIVA
Es el encargado de organizar reuniones de capacitación en temas cooperativos y elaborar el proyecto de estatuto social para la futura cooperativa.
⚠ “Su función fenece el día de la Asamblea de Constitución” ⚠
Entre las personas interesadas en formar la Cooperativa, se eligen 2 (dos) o más dirigentes quienes se encargarán de llevar adelante las gestiones tendientes a la constitución de la empresa cooperativa.
Las resoluciones de esta reunión deberán constar en un acta, que deberá llevar la firma de por lo menos 5 (cinco) personas hábiles para ser socio/a de la cooperativa.
🟠 El Comité Organizador solicitará a través de una nota al INCOOP la aprobación de la denominación. La Dirección de Registros, Estadísticas e Informaciones responderá, en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles a través de correo electrónico.
🟢 Para la convocatoria a asamblea de constitución, el Comité Organizador deberá contar con la autorización de la denominación de la Cooperativa por parte del INCOOP.
❌ Se prohíbe la adopción de nombres equívocos, siglas o tipologías que generen confusión tanto en su denominación social como con la naturaleza de su actividad principal. Adicionalmente, no podrá adoptar denominaciones que se refieran a fechas, puntos cardinales (del norte, del sur, etc), nombres de santos, nombres de ciudades, no podrá contener «del Paraguay», fijado en la Ley Nº 27.200/2023.
El Estatuto Social cuenta con 10 Capítulos, estimativamente entre 146 y 157 Artículos, según la actividad que va a desarrollar la entidad. A continuación se cita los capítulos mas resaltantes que el comité debe estudiar y modificar los Art.:
- CAPITULO I – De la Constitución, Denominación, Domicilio y Duración
- CAPITULO II – De los Fines, Objetivos y Principios
- CAPITULO III – De los Socios
- CAPITULO IV – Del Régimen Económico
a) Sección I Del Patrimonio
- CAPITULO VII – De los Órganos de Gobierno
a) Sección II del Consejo de Administración.
b) Sección III de la Junta de Vigilancia.
✅ El Comité Organizador convoca a Asamblea de Constitución, con una anticipación mínima de 20 días con respecto a la fecha fijada para la Asamblea. La convocatoria deberá constar en acta firmada por los integrantes del comité.
✅ El Comité Organizador, notifica al INCOOP de la realización de la Asamblea de Constitución, deberá hacerlo con una anticipación de 15 días corridos con relación a la fecha fijada para llevar a cabo la Asamblea. En la notificación se menciona el orden del día, la fecha, lugar y hora de realización del acto asambleario.
❗IMPORTANTE ❗
La nota dirigida al Presidente del INCOOP, deberá ir acompañada de los siguientes documentos:
- Acta de conformación del Comité Organizador;
- Acta de la reunión en la que se resolvió la convocatoria.
Asignación de Capital

GUÍA – ACTA CONVOCATORIA ASAMBLEA
GUÍA – a considerar comunicación s/ CONVOCATORIA DE ASAMBLEA
La Asamblea de Constitución se desarrolla conforme a los puntos del orden del día establecidos en el Art. 14 de la Ley N° 438/94 de Cooperativas:
- Elección de Presidente y Secretario de Asamblea;
- Informe del Comité Organizador;
- Lectura y consideración del Proyecto Estatuto Social de la Cooperativa;
- Suscripción e Integración de los aportes de capital;
- Elección de los miembros del Consejo de Administración y de la Junta de Vigilancia.
La distribución de cargos se realiza con posterioridad al acto asambleario. Su tiempo lo establece el estatuto social.