COMUNICADO INCOOP N° 12/2019

El Instituto Nacional de Cooperativismo (INCOOP),  recuerda a todas las Cooperativas que para dar cumplimiento a las disposiciones del Art. 48° de Decreto 14.052/96. previamente a la registración y transcripción de los libros contables y sociales, los mismos deberán estar debidamente rubricados por esta Institución.

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